05/10/2020 - LA POLICÍA PODRÁ DESALOJAR UNA CASA OKUPADA SIN ORDEN JUDICIAL PASADAS LAS 48 HORAS
Tras la instrucción de la Fiscalía General del Estado para frenar las okupaciones con la expulsión antes de que haya juicio, el Ministerio del Interior ha puesto en marcha un nuevo protocolo de actuación en el que elimina ese plazo de 48 horas para poder echar a los okupas del inmueble asaltado, bien sea propiedad de un particular o de entidades bancarias y constructoras.
Se darán más capacidades a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para proceder a desalojos inmediatos y Para ello se eliminará el plazo de 48 horas para proceder al desalojo.
El protocolo de actuación recoge que, si el delito es flagrante o reciente, se podrá echar a los okupas aunque hayan transcurrido más de dos días desde el asalta de la propiedad, ya sea de un particular o esté en manos de los bancos o la Sareb. En Galicia, en torno al 60% de las propiedades ocupadas son de entidades bancarias.
La instrucción de Interior establece que hay delito de allanamiento de morada tanto en la okupación primera vivienda como en la segunda residencia y en ambos casos es posible desalojar de forma inmediata al nuevo inquilino sin necesidad de solicitar medidas judiciales y, en consecuencia, proceder a la identificación de los okupas y a su detención.